Formación bonificada para ayuda a domicilio y residencias: cómo funciona

Equipo de cuidadoras ante un portátil, ilustración de formación bonificada para ayuda a domicilio

La formación bonificada para ayuda a domicilio y residencias es la formación programada por la propia empresa para su plantilla, que se financia con un crédito de formación que la empresa hace efectivo mediante bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. Las bonificaciones, dice la ley, no tienen carácter subvencional.

En pocas palabras

La empresa dispone de un crédito de formación que aplica como bonificación en sus cotizaciones. La formación debe guardar relación con la actividad de la empresa, ser gratuita para el trabajador y comunicarse por vía electrónica al inicio y al fin. Las modalidades son presencial, teleformación y mixta. La documentación se conserva cuatro años.

Para un servicio de ayuda a domicilio o una residencia, esto permite recuperar parte del coste de formar a gerocultores y auxiliares, con los límites que veremos más abajo. Esta guía resume los pasos y requisitos según la ley y FUNDAE. Si buscas cuánto crédito tienes, mira el crédito formativo de FUNDAE en residencias.

Revisado el 17 de octubre de 2026 sobre la Ley 30/2015, el Real Decreto 694/2017 (modificado por el Real Decreto 1189/2025) y las preguntas frecuentes de FUNDAE.

Cómo funciona la formación bonificada para ayuda a domicilio

Para entender la formación bonificada para ayuda a domicilio hay que partir de la Ley 30/2015, que establece que las empresas disponen de un «crédito de formación» que pueden hacer efectivo mediante bonificaciones. Según FUNDAE, las bonificaciones se aplican en los boletines de cotización, a través del sistema de Liquidación Directa, una vez comunicada la finalización de la formación.

La bonificación máxima es, según las preguntas frecuentes de FUNDAE, la menor de tres cantidades: el crédito disponible, el coste de la formación y el importe que resulte del módulo económico.

Qué requisitos debe cumplir la acción formativa

Requisitos de una acción de formación programada según la ley y FUNDAE
Requisito Qué dicen las fuentes
Relación con la actividad Las acciones deben guardar relación con la actividad empresarial (Ley 30/2015, art. 9.2)
Qué no cuenta Jornadas, seminarios, ferias y congresos no se consideran acciones formativas, según FUNDAE
Duración No inferior a dos horas lectivas ni superior a 8 horas diarias, según FUNDAE
Gratuidad La formación debe ser gratuita para la persona participante, según FUNDAE
Participante que finaliza Al menos el 75 % de las horas o controles, según FUNDAE
Modalidades Presencial, teleformación y mixta (Real Decreto 694/2017, art. 4.1)

Si la plantilla tiene representación legal, FUNDAE indica que debe recibir información antes de empezar, con un plazo de quince días hábiles para pronunciarse.

Comunicaciones y plazos

En la formación bonificada para ayuda a domicilio, la empresa debe comunicar el inicio y el fin de las acciones por vía electrónica (Real Decreto 694/2017, art. 15). Según FUNDAE:

  • El inicio se puede comunicar hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo.
  • La finalización debe comunicarse antes de que termine el plazo de presentación del boletín de cotización en el que se aplica la bonificación y, en todo caso, antes del plazo de diciembre.

La Resolución del SEPE de 25 de noviembre de 2025, para el ejercicio 2026, indica que, si no se comunica en plazo, el grupo se considera no realizado a efectos de bonificación, salvo causas imprevisibles justificadas.

Quién organiza y quién imparte

La empresa puede organizar la formación por sí misma o encomendar su organización a una entidad organizadora. Las implicaciones para quien imparte son distintas en cada caso y las explicamos en entidad organizadora FUNDAE.

Si el servicio quiere contratar a una entidad para impartir, se recomienda consultar con FUNDAE las condiciones, porque la ley prohíbe subcontratar la organización y la impartición y FUNDAE aclara cómo se aplica esa regla.

Cofinanciación y documentación

La ley establece que las empresas participan con sus propios recursos en la financiación de la formación; según FUNDAE, con cinco o menos trabajadores no hay obligación de cofinanciar. El coste salarial de las personas formadas en horario laboral cuenta como aportación.

La documentación justificativa debe mantenerse a disposición de los órganos de control durante cuatro años (Real Decreto 694/2017, art. 18.2, en la redacción vigente desde el 1 de enero de 2026). FUNDAE cita como habituales los controles de asistencia, el currículum del tutor, la entrega de diplomas, los cuestionarios de calidad y el contrato de encomienda.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la formación bonificada?

La formación programada por las empresas para su plantilla, que se financia con un crédito de formación aplicado como bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social.

¿Puede bonificarse un curso de ayuda a domicilio?

La formación debe guardar relación con la actividad de la empresa (Ley 30/2015, art. 9.2); un servicio de ayuda a domicilio puede formar a su personal en materias de su actividad.

¿Cuándo se comunica?

El inicio, hasta dos días antes del comienzo de cada grupo, y el fin, antes de que termine el plazo del boletín en que se aplica la bonificación y, en todo caso, antes del de diciembre.

¿Cuánto tiempo se guarda la documentación?

Cuatro años, según el artículo 18.2 del Real Decreto 694/2017 en su redacción vigente desde el 1 de enero de 2026.

¿Puede ser teleformación?

Sí. El Real Decreto 694/2017 admite modalidad presencial, teleformación y mixta.

Los contenidos SCORM 1.2 de Conetium para ayuda a domicilio y residencias, con unidades formativas, píldoras y bancos de preguntas, sirven para formar a la plantilla en teleformación. Puedes verlos en el catálogo de Conetium para empresas.

Fuentes

Sigue leyendo